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Resolución de Directorio N° 1389/15

Acta2806 del 11/25/2015
TemaTOMAR CONOCIMIENTO DE LAS RESULTANCIAS DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO DISPUESTO POR R/D Nº 387/14, AL FUNCIONARIO SR. MAURICIO YURRAMENDI, EN VIRTUD DE LA COMUNICACIÓN EFECTUADA POR EL JEFE COMERCIAL OPERATIVO DEPARTAMENTAL DE CERRO LARGO, DE DIVERSAS IRREGULARIDADES DETECTADAS EN EL DESEMPEÑO DEL SUMARIADO COMO EJECUTIVO DE ATENCIÓN PRESENCIAL DEL SERVICIO DE MELO. PROPICIAR LA DESTITUCIÓN DEL CITADO FUNCIONARIO, REMITIENDO LAS PRESENTES ACTUACIONES A LA OFICINA NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL.
Documento513/2014

Resolución

---VISTO: el sumario administrativo dispuesto al funcionario Sr. Mauricio Yurramendi Pérez, por R/D Nº  387/14 del 23/IV/14, con suspensión preventiva y retención total de haberes, en virtud de la comunicación efectuada por el Jefe Comercial Operativo Departamental de Cerro Largo, de diversas irregularidades detectadas en el desempeño del sumariado como Ejecutivo de Atención Presencial del Servicio de Melo.
---RESULTANDO I: que  se comprobaron los hechos que se le imputan al disciplinado, en cuanto a reiteradas irregularidades en la realización de ajustes de consumo de facturas y Convenios de pago, exoneración indebida del costo de una conexión, realización de dos Convenios de pago en una Cuenta contraviniendo pautas de trabajo impartidas por su Superior (Artículos 14º y 17º del Reglamento Interno de Personal y Artículos 14º y 17º del Decreto del Poder Ejecutivo 30/03), facturación del costo de conexiones con tarifa familiar, cuando correspondía tarifa comercial prescindiendo además de la correspondiente inspección.
---RESULTANDO II: que el sumariado en consecuencia incumplió con sus deberes y obligaciones legales  y reglamentarios (Reglamento para la Prestación de los Servicios y Manual de Atención Presencial del Sistema de Gestión Comercial), violentando también el deber de imparcialidad, causando perjuicios económicos a esta Administración y afectando la validez de títulos ejecutivos (Convenios).
---RESULTANDO III:  que el funcionario  revista en calidad de presupuestado.
---RESULTANDO IV: que se cumplieron las normas adjetivas aplicables al procedimiento de que se trata, otorgándose la garantía establecida en el Art. 66º de la Constitución de la República.
---CONSIDERANDO I: que el funcionario ha incurrido en grave falta administrativa, por cuanto su  conducta es incompatible con el correcto desempeño de la función pública de la que está investido, rompe el vínculo de confianza, e incumple con sus deberes de fidelidad, lealtad, probidad, honestidad, rectitud, manejo responsable de bienes a su cargo y buena administración (Ley Nº 17.060, Artículo 20º y Artículos 9º, 11º, 12º, 13º, 14º, 23º y 24º del Decreto del Poder Ejecutivo Nº 30/03); que se trata además de un  funcionario conocedor de sus tareas, con antecedentes por las mismas faltas, lo que lleva a que, en este estado, se estime conforme a derecho propiciar su destitución.
---CONSIDERANDO II: que se cumplió con lo dispuesto por los Artículos 203º del Reglamento sobre Procedimiento Administrativo y el Procedimiento Disciplinario, solicitando el informe de la Comisión Asesora de Promociones, Faltas y Seguridad Industrial, la que se expide el 18/VI/15.
---CONSIDERANDO III: que consultado y recibido el dictamen del Tribunal de Cuentas, se manifiesta acorde a la propuesta de destitución.
---ATENTO: a lo señalado precedentemente y a lo dispuesto en el Art. 60º de la Constitución de la República y en  la Ley Nº 15.757, normas concordantes y complementarias y a lo dispuesto en el Reglamento sobre Procedimiento Administrativo y el Procedimiento Disciplinario.


                        EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
                        DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                              R E S U E L V E:

---1º) TOMAR conocimiento de las resultancias del sumario administrativo a que se hace referencia en el Visto de la presente Resolución.
---2º) PROPICIAR la destitución del funcionario Sr. Mauricio Yurramendi Pérez, Nº 19.342, C.I.  Nº 2:583.544-8.
---3º) REMÍTASE las presentes actuaciones a la Oficina Nacional del Servicio Civil.
---POR EL DIRECTORIO:

Archivos Anexados (1)







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