Volver >>      Inicio >>

Resolución de Directorio N° 913/26

Acta3285 del 08/05/2026
TemaAMPLIAR LO RESUELTO EN LA R/D 808/26 DE FECHA 15/7/2026 DISPONIÉNDOSE QUE LA MISMA TENDRÁ EFECTOS RETROACTIVOS A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2026.
Documento964/2026

Resolución

VISTO: que por R/D N° 808/26 de fecha 15/7/2026, se dispuso algunos procedimientos internos para el desarrollo de los cometidos de la “Comisión Asesora de Prevención y Actuación en materia de Género, Acoso y Discriminación” (CADIG);

RESULTANDO: 1) que para el desarrollo de sus cometidos, se garantiza la confidencialidad de las personas involucradas durante el proceso de recepción, análisis y seguimiento de las situaciones sometidas a consideración de dicha Comisión;

2) que en el ejercicio de sus competencias, CADIG puede sugerir la adopción de medidas preventivas destinadas a resguardar a las personas involucradas y preservar el adecuado ambiente laboral, entre ellas la reubicación transitoria de una o más personas;

3) que dichas medidas poseen carácter preventivo y no constituyen sanción disciplinaria alguna, debiendo implementarse con la debida oportunidad y eficacia mientras se sustancian las actuaciones correspondientes;

CONSIDERANDO: 1) que se analizaron la cantidad de casos que se encuentran en estudio de CADIG al día de hoy;

2) que las reubicaciones preventivas constituyen medidas de protección adoptadas por razones de servicio y en resguardo del adecuado ambiente laboral, por lo que corresponde arbitrar mecanismos que eviten perjuicios económicos para las personas que resulten alcanzadas por las mismas, cualquiera sea su intervención en las actuaciones;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por el artículo 9º del Protocolo de Actuación en Situaciones de Acoso Moral Laboral aprobado por R/D N° 870/18 de fecha 8/8/2018, a la R/D N° 871/18 de fecha 8/8/2018 y a la R/D N° 811/20 de fecha 5/8/2020.

                              EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
                             DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                                   R E S U E L V E:

1) Disponer que el mecanismo resuelto en el Numeral 4) de la R/D N° 808/26, será de aplicación a partir del 1º de enero de 2026, y comprende a aquellos funcionarios y funcionarias que a la fecha del dictado de dicha Resolución, se encontraban cumpliendo reubicación preventiva sugerida por CADIG;

2) Comuníquese a la Gerencia General y a la Comisión Asesora de Prevención y Actuación en materia de Género, Acoso y Discriminación (CADIG). Cumplido, pase a la Gerencia de Gestión del Capital Humano a efectos de ser agregado al Expediente Nº 822/26; y

3) Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.

POR EL DIRECTORIO: