| Resolución de Directorio N° 913/26 |
| Acta | 3285 del 08/05/2026 |
| Tema | AMPLIAR LO RESUELTO EN LA R/D 808/26 DE FECHA 15/7/2026 DISPONIÉNDOSE QUE LA MISMA TENDRÁ EFECTOS RETROACTIVOS A PARTIR DEL 1º DE ENERO DE 2026. |
| Documento | 964/2026 |
VISTO: que por R/D N° 808/26 de fecha 15/7/2026, se
dispuso algunos procedimientos internos para el desarrollo de los cometidos de
la “Comisión Asesora de Prevención y Actuación en materia de Género, Acoso y
Discriminación” (CADIG);
RESULTANDO: 1) que para el desarrollo de sus cometidos, se
garantiza la confidencialidad de las personas involucradas durante el proceso
de recepción, análisis y seguimiento de las situaciones sometidas a
consideración de dicha Comisión;
2) que en el ejercicio de sus competencias, CADIG puede
sugerir la adopción de medidas preventivas destinadas a resguardar a las
personas involucradas y preservar el adecuado ambiente laboral, entre ellas la
reubicación transitoria de una o más personas;
3) que dichas medidas poseen carácter preventivo y no
constituyen sanción disciplinaria alguna, debiendo implementarse con la debida
oportunidad y eficacia mientras se sustancian las actuaciones correspondientes;
CONSIDERANDO: 1) que se analizaron la cantidad de casos que
se encuentran en estudio de CADIG al día de hoy;
2) que las reubicaciones preventivas constituyen medidas de
protección adoptadas por razones de servicio y en resguardo del adecuado
ambiente laboral, por lo que corresponde arbitrar mecanismos que eviten
perjuicios económicos para las personas que resulten alcanzadas por las mismas,
cualquiera sea su intervención en las actuaciones;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por
el artículo 9º del Protocolo de Actuación en Situaciones de Acoso Moral Laboral
aprobado por R/D N° 870/18 de fecha 8/8/2018, a la R/D N° 871/18 de fecha
8/8/2018 y a la R/D N° 811/20 de fecha 5/8/2020.
EL DIRECTORIO DE
LA ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO; R E S U
E L V E:
1) Disponer que el mecanismo resuelto en el Numeral 4) de la R/D N° 808/26, será de aplicación a partir del 1º de enero de 2026, y comprende a aquellos funcionarios y funcionarias que a la fecha del dictado de dicha Resolución, se encontraban cumpliendo reubicación preventiva sugerida por CADIG;
2) Comuníquese a la Gerencia General y a la Comisión Asesora de Prevención y Actuación en materia de Género, Acoso y Discriminación (CADIG). Cumplido, pase a la Gerencia de Gestión del Capital Humano a efectos de ser agregado al Expediente Nº 822/26; y
3) Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.
POR EL DIRECTORIO:
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