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Resolución de Directorio N° 910/26

Acta3285 del 08/05/2026
TemaMODIFICAR EL TOPE MENSUAL DE LOS FONDOS PERMANENTES NOS. 70, 71 Y 72, CORRESPONDIENTES A PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIA Y DIRECTOR, FIJÁNDOSE EN $ 15.000 CADA UNO Y MANTENIÉNDOSE EL CRITERIO DE ACTUALIZACIÓN PREVISTO EN LA R/D Nº 1452/18 DE FECHA 5/12/2018.
Documento962/2026

Resolución

VISTO: que por R/D Nº 1452/18 de fecha 5/12/2018, se aprobó el vigente Reglamento de Fondos y la creación de los Fondos previstos en su Anexo I;

RESULTANDO: 1) que en el marco de la referida Resolución se aprobaron los Fondos Permanentes identificados con los Nos. 70, 71 y 72, correspondientes a Presidencia, Vicepresidencia y Director, estableciéndose un monto inicial, el cual fue posteriormente actualizado conforme al criterio previsto en la citada Resolución;

2) que los referidos Fondos Permanentes tienen por objeto atender los gastos de funcionamiento de los Despachos de Presidencia, Vicepresidencia y Director, conforme a las previsiones del Reglamento de Fondos;

CONSIDERANDO: 1) que el tope mensual actualmente vigente para los Fondos Permanentes Nos. 70, 71 y 72 resulta insuficiente para atender las necesidades de funcionamiento de los respectivos Despachos, por lo que corresponde adecuarlo;

2) que en atención a la finalidad específica de los referidos Fondos Permanentes, corresponde disponer la aplicación del Reglamento de Fondos aprobado por R/D Nº 1452/18 en todos sus términos, con excepción de lo dispuesto en su Anexo A, por no resultar aplicable respecto de los mismos;

3) que el incremento propuesto no altera el régimen de administración, rendición de cuentas, control ni el criterio de actualización previsto en la normativa vigente;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente.

                        EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
                      DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                            R E S U E L V E:

1) Modificar el tope mensual de los Fondos Permanentes Nos. 70, 71 y 72, correspondientes a Presidencia, Vicepresidencia y Director, fijándose en $ 15.000 (pesos uruguayos quince mil) cada uno y manteniéndose el criterio de actualización previsto en la R/D Nº 1452/18 de fecha 5/12/2018;

2) Disponer que, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, regirá para los Fondos Permanentes Nos. 70, 71 y 72 el Reglamento de Fondos aprobado por R/D Nº 1452/18, en todos sus términos, con excepción de lo dispuesto en su Anexo A;

3) Comuníquese a la Gerencia General y a la Secretaría General. Cumplido, pase a la Gerencia Financiero – Contable, a sus efectos; y

4) Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.

POR EL DIRECTORIO: