| Resolución de Directorio N° 910/26 |
| Acta | 3285 del 08/05/2026 |
| Tema | MODIFICAR EL TOPE MENSUAL DE LOS FONDOS PERMANENTES NOS. 70, 71 Y 72, CORRESPONDIENTES A PRESIDENCIA, VICEPRESIDENCIA Y DIRECTOR, FIJÁNDOSE EN $ 15.000 CADA UNO Y MANTENIÉNDOSE EL CRITERIO DE ACTUALIZACIÓN PREVISTO EN LA R/D Nº 1452/18 DE FECHA 5/12/2018. |
| Documento | 962/2026 |
VISTO: que por R/D Nº 1452/18 de fecha 5/12/2018, se aprobó el
vigente Reglamento de Fondos y la creación de los Fondos previstos en su Anexo
I;
RESULTANDO: 1) que en el marco de la
referida Resolución se aprobaron los Fondos Permanentes identificados con los Nos.
70, 71 y 72, correspondientes a Presidencia, Vicepresidencia y Director,
estableciéndose un monto inicial, el cual fue posteriormente actualizado
conforme al criterio previsto en la citada Resolución;
2) que los referidos Fondos Permanentes tienen por objeto
atender los gastos de funcionamiento de los Despachos de Presidencia,
Vicepresidencia y Director, conforme a las previsiones del Reglamento de Fondos;
CONSIDERANDO: 1) que el tope mensual actualmente
vigente para los Fondos Permanentes Nos. 70, 71 y 72 resulta insuficiente para
atender las necesidades de funcionamiento de los respectivos Despachos, por lo
que corresponde adecuarlo;
2) que en atención a la finalidad específica de los
referidos Fondos Permanentes, corresponde disponer la aplicación del Reglamento
de Fondos aprobado por R/D Nº 1452/18 en todos sus términos, con excepción de
lo dispuesto en su Anexo A, por no resultar aplicable respecto de los mismos;
3) que el incremento propuesto no altera el régimen de
administración, rendición de cuentas, control ni el criterio de actualización
previsto en la normativa vigente;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente.
EL DIRECTORIO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS
DEL ESTADO; R E S U E L V E:
1) Modificar el tope mensual de los Fondos Permanentes Nos. 70, 71 y 72, correspondientes a Presidencia, Vicepresidencia y Director, fijándose en $ 15.000 (pesos uruguayos quince mil) cada uno y manteniéndose el criterio de actualización previsto en la R/D Nº 1452/18 de fecha 5/12/2018;
2) Disponer que, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, regirá para los Fondos Permanentes Nos. 70, 71 y 72 el Reglamento de Fondos aprobado por R/D Nº 1452/18, en todos sus términos, con excepción de lo dispuesto en su Anexo A;
3) Comuníquese a la Gerencia General y a la Secretaría General. Cumplido, pase a la Gerencia Financiero – Contable, a sus efectos; y
4) Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.
POR EL DIRECTORIO:
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