Resolución de Directorio N° 1259/24 |
Acta | 3204 del 10/30/2024 |
Tema | AUTORIZAR A REALIZAR RETENCIONES EN LOS SUELDOS DE LOS FUNCIONARIOS POR CONCEPTO DE PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA COLECTIVO, EN EL MARCO DEL CONVENIO QUE LA COMPAÑÍA SEGUROS SURA SA SUSCRIBIÓ CON SERMASFOSE. |
Documento | 1567/2024 |
VISTO: el planteo efectuado por la Compañía Seguros Sura SA, relacionado a la retención sobre retribuciones salariales de los funcionarios;
RESULTANDO: que dicha Compañía solicita se efectúen las retenciones sobre las retribuciones salariales de los funcionarios, que habiendo prestado su consentimiento expreso a la misma, adhirieron a la Póliza del Seguro de Vida Colectivo contratado por SERMAFOSE;
CONSIDERANDO: que la Gerencia Jurídico Notarial dictamina que pueden realizarse tales descuentos a los funcionarios que adhieren en forma individual, con los límites y orden de prelación establecidos en el artículo 1° de la Ley N° 17.829 en su nueva redacción;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO; R E S U E L V E:
1) Autorizar a retener -por concepto de precio de la póliza- de los sueldos de los funcionarios que adhirieron por escrito al Convenio que la Compañía Seguros Sura SA suscribió con SERMAFOSE, para la contratación de la Póliza de Seguro de Vida Colectivo, el monto que dicha Aseguradora comunique por tal concepto en forma mensual;
2) Establecer que la Administración es un tercero (Agente de Retención) en la relación Seguros Sura SA - Funcionario, por lo que al autorizar la retención, no asume responsabilidad de clase alguna referida a que los haberes a percibir por el mismo, sean suficientes para cubrir el importe cuya retención se solicita;
3) Establecer asimismo, que se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley N° 17.829 en su nueva redacción;
4) Pase al Área Trámite Documental - Notificaciones de la Secretaría General, a efectos de notificar la presente Resolución a Seguros Sura SA y a SERMAFOSE. Oportunamente, siga a la Gerencia de Gestión del Capital Humano, a sus efectos; y
5) Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.
POR EL DIRECTORIO:
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