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Resolución de Directorio N° 1094/24

Acta3199 del 09/18/2024
TemaDESÍGNASE PARA SER EXPROPIADA LA FRACCIÓN DE TERRENO PADRÓN N° 2750 (P), UBICADA EN EL DEPARTAMENTO DE FLORIDA, ZONA RURAL.
Documento612/2024

Resolución

VISTO: la necesidad de expropiar una fracción de terreno, Padrón N° 2750 (p), ubicada en la 10a. Sección Catastral del departamento de Florida, zona rural;

RESULTANDO: que el Organismo tiene urgencia de ocupación del referido bien, cuyo destino es el Programa de Remoción de Arsénico en Puntas de Maciel, departamento de Florida;

CONSIDERANDO: que la mencionada propiedad está comprendida entre las declaradas de utilidad pública por la Ley N° 11.907 del 19/12/52 y por tanto dentro del artículo 4° de la Ley N° 3958 del 28/3/912 y Decreto Ley N° 10.247 del 15/10/42, ampliatorio del artículo 42° de esta última;

ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo establecido en el artículo 11°, literal h) de la Ley N° 11.907.

                              EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
                            DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                                   R E S U E L V E:

1) Desígnase para ser expropiada por causa de utilidad pública, declarándose urgente su ocupación, la fracción de terreno que se da cuenta en el Visto de la presente Resolución y que conforme al Plano de Mensura de la Ing. Agrim. Natalia Da Silva, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro (Oficina Delegada de Florida), el 4/4/24 con el N° 10.640, tiene una superficie afectada de 181 m2 25 dm2 y se deslinda de la siguiente manera: al Sur línea recta de 15 m de frente al Camino Departamental, al Noroeste línea recta de 19 m 70 cm lindando con el Padrón N° 16.596, al Norte línea recta de 7 m y al Este línea recta de 16 m 20 cm, ambos vientos lindando con parte del mismo Padrón N° 2750;

2) Cometer a la Secretaría General la redacción de un Oficio dirigido a la Dirección General de Registros, Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Florida, en virtud de lo establecido en el artículo 85° de la Ley N° 16.871 de fecha 28/9/97;

3) Cumplido, pase a la Gerencia Jurídico Notarial, conjuntamente con dos ejemplares del Oficio del que se hace mención en el Numeral anterior, a efectos de realizar la inscripción correspondiente; y

4) Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.

POR EL DIRECTORIO:







GTI - Subgerencia Desarrollo y Mantenimiento de Proyectos - EQUIPO 5