Resolución de Directorio N° 684/24 |
Acta | 3186 del 06/18/2024 |
Tema | APROBAR EL ACUERDO DE PAGO CON EL SR. DANY ADRIÁN ARBILDI CAVALHEIRO. |
Documento | 816/2024 |
VISTO: la petición formulada por el Fletero N° 30.012, Sr. Dany Adrián Arbildi Cavalheiro, C.I. N° 2:771.600-4, reclamando la indemnización de los daños padecidos en su automóvil, a raíz del siniestro ocurrido en instalaciones de la Gerencia de Suministros;
RESULTANDO: 1) que el reclamante manifiesta que el día 2/6/23 en oportunidad de realizar tareas de retiro de mercadería en la Gerencia de Suministros, un funcionario perteneciente a dicha Gerencia embistió su camioneta con un montacargas, produciendo un abollón en la tapa de su camioneta, cuantificando el daño en la suma de $ 6.500,oo más IVA;
2) que los hechos y daños invocados fueron analizados en las actuaciones tramitadas por Nota Trámite Documental N° 665/23, agregada a las presentes;
3) que a efectos de evitar un litigio eventual y sin que implique ningún tipo de reconocimiento por parte de la Administración a la pretensión del reclamante, con fecha 6/6/24 se arribó a un Acuerdo de pago sujeto a la aprobación del Directorio, por el cual la Administración abonará al reclamante por todo concepto, la suma total y final de $ 6.500,oo, una vez finalizadas las gestiones tendientes a autorizar e imputar el respectivo crédito, declarando el peticionante que abonada la misma, nada más tendrá que reclamar a la Administración por ningún concepto fundado en estos hechos;
CONSIDERANDO: 1) que el presente Acuerdo resulta favorable a los intereses de la Administración, por lo que procede en la instancia su aprobación;
2) que en la especie no resulta de aplicación el artículo 25° de la Constitución de la República, en tanto no surge acreditado que algún funcionario del Organismo haya actuado con dolo o culpa grave;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo establecido en el artículo 2147° del Código Civil y en el Reglamento sobre Procedimiento Administrativo y el Procedimiento Disciplinario.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO; R E S U E L V E:
1) Aprobar el Acuerdo de pago indicado en el Resultando 3), el cual se adjunta;
2) Autorizar un crédito por la suma de $ 6.500,oo (pesos uruguayos seis mil quinientos), destinado al pago del presente Acuerdo, suma que corresponde ser imputada por la Gerencia Financiero - Contable en la forma de estilo;
3) Someter a la intervención preventiva del Tribunal de Cuentas, en los términos del literal b) del artículo 211° de la Constitución de la República;
4) Remitir oportunamente Oficio al citado Tribunal, en los términos de la Ordenanza N° 85 del 4/10/06, de dicho Órgano de Contralor, haciéndole saber que en la instancia no resulta de aplicación la acción de repetición consignada en el artículo 25° de la Constitución de la República, por los fundamentos indicados en el Considerando 2) de la presente Resolución;
5) Pase por su orden a las Gerencias Financiero - Contable y Jurídico Notarial, a sus respectivos efectos; y
6) Publíquese en el Portal Intranet y en Sitio Web de OSE.
POR EL DIRECTORIO:
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