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Resolución de Directorio N° 665/24

Acta3185 del 06/12/2024
TemaDESÍGNASE PARA SER EXPROPIADA LA FRACCIÓN DE TERRENO PADRÓN N° 896 (P), UBICADA EN EL DEPARTAMENTO DE MALDONADO.
Documento233/2024

Resolución

VISTO: la necesidad de expropiar una fracción de terreno del Padrón N° 896 (p), ubicada en la Localidad Catastral Edén Rock del departamento de Maldonado;

RESULTANDO:
que el Organismo tiene urgencia de ocupación del referido bien, cuyo destino es el emplazamiento de tanques de agua, para el abastecimiento en esa Localidad;

CONSIDERANDO:
que la mencionada propiedad está comprendida entre las declaradas de utilidad pública por la Ley N° 11.907 del 19/12/52 y por tanto dentro del artículo 4° de la Ley N° 3958 del 28/3/912 y Decreto Ley N° 10.247 del 15/10/42 ampliatorio del artículo 42° de esta última;

ATENTO:
 a que el artículo 66° de la Ley N° 18.046 de fecha 24/10/06, incorporó un nuevo literal al artículo 11° de la Ley N° 11.907 del 19/12/52.

                              EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
                            DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                                     R E S U E L V E:

1) Desígnase para ser expropiada por causa de utilidad pública, declarándose urgente su ocupación, la fracción de terreno que se da cuenta en el Visto de la presente Resolución y que conforme al Plano de Mensura del Ing. Agrim. Raúl Castro, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro (Oficina Delegada de Maldonado) el 18/12/23 con el N° 15.874, tiene una superficie de 633 m2 40 dm2 y se deslinda de la siguiente manera: al Sureste línea recta de 12 m 84 cm de frente a la Ruta Nacional N° 10 Juan Díaz de Solís, al Suroeste línea recta de 23 m 41 cm de frente a la Calle N° 24, ambas esquinas unidas por ochava curva de 12 m 57 cm, al Noroeste línea recta de 19 m y al Noreste línea recta de 37 m, ambos vientos lindando con el resto del mismo Padrón N° 896;

2)
Cometer a la Secretaría General la redacción de un Oficio dirigido a la Dirección General de Registros, Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Maldonado, en virtud de lo establecido en el artículo 85° de la Ley N° 16.871 de fecha 28/9/97;

3)
Cumplido, pase a la Gerencia Jurídico Notarial, conjuntamente con dos ejemplares del Oficio del que se hace mención en el Numeral anterior, a efectos de realizar la inscripción correspondiente; y

4)
Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.

POR EL DIRECTORIO: