Resolución de Directorio N° 1048/23 |
Acta | E436 del 08/28/2023 (Extraordinaria) |
Tema | APROBAR LA PROPUESTA PRESENTADA POR LAS EMPRESAS CIEMSA, CUJÓ, ESPINA, SACEEM, STILER Y TEYMA, PARA LAS TAREAS DE OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA CAPTACIÓN Y BOMBEO DE AGUA DULCE DESDE PASO VALDÉZ, EN EL RÍO SAN JOSÉ HASTA PASO BELASTIQUI, A TRAVÉS DE LA TUBERÍA DE EMERGENCIA DE IMPULSIÓN DE 13,5 KM DE LONGITUD. |
Documento | 1581/2023 |
VISTO: la declaración de emergencia hídrica en la zona Metropolitana del País, decretada por el Poder Ejecutivo a través del Decreto N° 177/023 del 19/6/23;
RESULTANDO: 1) que la falta de precipitaciones determinó la disminución crítica de los volúmenes de los embalses de reservas de agua bruta para el abastecimiento de agua al Sistema Metropolitano, lo que llevó a la instrumentación de obras de emergencia por parte de la Administración, actualmente en curso, para asegurar el abastecimiento de agua potable a dicho Sistema;
2) que dentro de las medidas de emergencia implementadas por la Administración, se procedió a construir dos diques de paso provisorios, uno en el Paso Belastiquí del río Santa Lucía y otro en la zona del Campanario del río San José;
3) que complementariamente se ejecutó la obra de captación y bombeo de agua dulce del río San José en el Paso Valdez y la tubería de impulsión de 13,5 km de longitud y 1.200 mm de diámetro hacia el embalse del Paso Belastiquí en el río Santa Lucía y la recientemente aprobada prolongación de dicha tubería desde este punto hasta aguas arriba del embalse de la presa de Aguas Corrientes (R/D N° 1045/23 del 23/8/23), ambas obras contratadas a 6 Empresas nucleadas por parte de la Cámara de la Construcción del Uruguay;
CONSIDERANDO: 1) que la obra de captación y bombeo en el Paso Valdez requiere tareas de operación y mantenimiento, consistentes en la operación de 5 motobombas Godwin arrendadas a la firma Xylem (R/D N° 826/23 del 5/7/23) y 5 electrobombas KSB adquiridas por la Administración a la firma LA Robotics (R/D N° 853/23 del 12/7/23), requiriendo estas últimas de la provisión de sendos generadores, tareas por las cuales se solicitó cotización a las Empresas constructoras pertenecientes a la Cámara de la Construcción del Uruguay que se encuentran ejecutando la referida obra;
2) que a efectos de poder asegurar el aporte de hasta 8.000 m3/h al proceso de potabilización de la planta de Aguas Corrientes, dichas tareas de operación requieren la disponibilidad de recursos logísticos y humanos en el sitio, sumado a un equipo de mantenimiento que aseguren el funcionamiento de las instalaciones por 24 hrs, durante un período inicialmente estimado de 6 meses;
3) que dentro de la operativa, requiere especial relevancia la provisión continua de gran cantidad de combustible gasoil por parte de los Contratistas (16.127 lt/día a capacidad máxima de bombeo), de forma de asegurar la no interrupción del bombeo durante el uso de la instalación;
4) que además, dada la cercanía del río San José donde se implantó la captación, requiere de una permanente atención a los niveles del río y las eventuales maniobras de desmontaje del equipamiento ante crecientes y su posterior montaje, lo que determina la presencia permanente de una hidrogrúa en el sitio en períodos de funcionamiento de la instalación con su operador correspondiente;
5) que también se prevé el desmontaje definitivo del sistema, en función de tratarse de una obra de emergencia, inicialmente prevista en forma provisoria;
6) que en tal sentido los costos mensuales son:
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COSTO UNITARIO
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UNIDAD
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COSTO MENSUAL FIJO (24 x 7 siempre)
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2.041.946
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mes
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COSTO MENSUAL VARIABLE (24 x 7 cuando opera)
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1.164.951
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mes
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3.206.897
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COSTO MENSUAL FIJO (16 x 7 siempre)
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1.672.746
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mes
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COSTO MENSUAL VARIABLE (16 x 7 cuando opera)
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1.164.951
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mes
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2.837.697
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COSTO MENSUAL ACEITE DE MANTENIMIENTO
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168.500
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mes
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ALQUILER MENSUAL GENERADORES
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2.515.625
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mes
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2.684.125
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COSTO MENSUAL COMBUSTIBLE MOTOBOMBAS
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13.042.692
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mes
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COSTO MENSUAL COMBUSTIBLE GENERADORES
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6.454.811
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mes
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19.497.503
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7) que a efectos de financiar los trabajos de operación y mantenimiento por el período mencionado de 6 meses (suponiendo 4 meses en régimen de 24 hrs. x 7 días y 2 meses en régimen de 16 hrs. x 7 días), resulta necesario la aprobación de un crédito de $ 112:979.236,oo más IVA, que se discriminan en $ 87:738.764,oo más IVA, por concepto de combustible gasoil para los equipos de bombeo y generadores y en $ 25:240.472,oo más IVA;
8) que con relación al combustible, el precio unitario del mismo tiene una actualización mensual de acuerdo a las pautas establecidas por el Poder Ejecutivo, lo que determina la necesidad de prever un ajuste paramétrico (función del precio unitario del mes respecto al mes de la presente propuesta), que se estima en una partida de un 5% del crédito necesario para este rubro, lo que representa $ 4:386.938,oo más IVA;
9) que por otra parte, si bien la oferta presentada por las 6 Empresas establece una forma de pago de 30 días a fecha de factura para el resto de los rubros, para el combustible se solicita como forma de pago que éste se realice al contado, ya que es el mecanismo establecido por DUCSA para las Empresas de la Industria de la Construcción;
10) que en el marco del estado de emergencia hídrica decretada, este tipo de obras, servicios y compra de insumos, quedan comprendidos en ese marco, con la correspondiente exoneración del cumplimiento de lo establecido por el artículo 11° del Decreto N° 90/000 del 3/3/00;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por los artículos 33°, literal D), numeral 10) y 15°, numeral 2) del TOCAF.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO; R E S U E L V E:
1) Aprobar la propuesta de fecha 22/8/23 presentada por las empresas Ciemsa, Cujó, Espina, Saceem, Stiler y Teyma, que se adjunta, supeditado a la actuación del Ministerio de Economía y Finanzas y del Tribunal de Cuentas;
2) Autorizar la contratación en forma directa a las mencionadas Empresas por un monto total de $ 112:979.236,oo más IVA, para las tareas de operación y mantenimiento, de acuerdo a la cotización adjunta;
3) Autorizar asimismo, un crédito de $ 112:979.236,oo (pesos uruguayos ciento doce millones novecientos setenta y nueve mil doscientos treinta y seis) más IVA, más un crédito por $ 4:386.938,oo (pesos uruguayos cuatro millones trescientos ochenta y seis mil novecientos treinta y ocho) por concepto de ajuste paramétrico para combustible;
4) Comuníquese a las Gerencias de Obras, de Agua Potable, Técnica Metropolitana y de Gestión Ambiental. Cumplido, pase por su orden a las Gerencias General, para agregar las cotizaciones de cada Empresa y de Suministros, para el ingreso del pedido en el Sistema SAP y comunicación de la presente Resolución a las citadas Firmas;
5) Oportunamente, remítase estas actuaciones al Ministerio de Economía y Finanzas y al Tribunal de Cuentas, a sus respectivos efectos; y
6) Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.
POR EL DIRECTORIO:
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