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Resolución de Directorio N° 1047/23

ActaE436 del 08/28/2023 (Extraordinaria)
TemaAPROBAR LA PROPUESTA TÉCNICO ECONÓMICA PARA REALIZAR EL PROYECTO EJECUTIVO DE LA OBRA DE TOMA DEFINITIVA DEL TRASVASE DEL RÍO SAN JOSÉ A LA PLANTA POTABILIZADORA DE AGUAS CORRIENTES.
Documento1586/2023

Resolución

VISTO: la declaración de emergencia hídrica en la zona Metropolitana del País, decretada por el Poder Ejecutivo a través del Decreto N° 177/023 del 19/6/23;

RESULTANDO: 1)
que la falta de precipitaciones determinó la disminución crítica de los volúmenes de los embalses de reservas de agua bruta para el abastecimiento de agua al Sistema Metropolitano, lo que llevó a la instrumentación de obras de emergencia por parte de la Administración, actualmente en curso, para asegurar el abastecimiento de agua potable a dicho Sistema;

2)
que dentro de las medidas de emergencia implementadas por la Administración, se procedió a construir dos diques de paso provisorios, uno en el Paso Belastiquí del río Santa Lucía y otro en la zona del Campanario del río San José;

3)
que complementariamente se ejecutó la obra provisoria de captación y bombeo de agua dulce del río San José en el Paso Valdez y la tubería de impulsión de 13,5 km de longitud y 1.200 mm de diámetro hacia el embalse del Paso Belastiquí en el río Santa Lucía y la recientemente aprobada prolongación de dicha tubería, desde este punto hasta aguas arriba del embalse de la presa de Aguas Corrientes (R/D N° 1045/23 del 23/8/23), ambas obras contratadas a 6 Empresas nucleadas por parte de la Cámara de la Construcción del Uruguay;

CONSIDERANDO: 1)
que la obra de captación y bombeo provisoria en el Paso Valdez consistió en la instalación de 5 motobombas Godwin arrendadas a la firma Xylem (R/D N° 826/23 del 5/7/23) y 5 electrobombas KSB adquiridas por la Administración a la firma LA Robotics (R/D N° 853/23 del 12/7/23), requiriendo estas últimas de la provisión de sendos generadores, obra contratada con 6 Empresas constructoras pertenecientes a la Cámara de la Construcción del Uruguay;

2)
que la obra proyectada y construida en forma emergencial, se basó en la disponibilidad de equipos de bombeo existentes en plaza, quedando condicionada a la continuidad del arrendamiento de las motobombas Godwin realizado solamente por 6 meses de duración, en función de los compromisos comerciales de su propietario;

3)
que dichos equipos a su vez condicionaron por su altura de succión, el emplazamiento de la plataforma de bombeo al lado del río en el Paso Valdez, quedando vulnerable a las crecidas del río San José, lo que determina la necesidad de disponer de alertas para el retiro de los equipos ante crecidas mediante hidrogrúa, con la consecuente interrupción del bombeo, su traslado hasta lugar a resguardo de la creciente y su posterior reinstalación, todo lo que genera sobrecostos e interrupción del bombeo en situaciones donde puede resultar imprescindible;

4)
que esta operativa implica la provisión de un continuo aporte de combustible gasoil, en cantidad de 16.127 lt/día que equivalen aproximadamente a U$S 16.250,oo/día, lo que representa un costo considerable incrementando además los costos de operación y mantenimiento correspondientes, por lo que se buscará la alimentación mediante energía eléctrica en el nuevo proyecto ejecutivo a realizar;

5)
que todas las soluciones transitorias descritas, que se debieron solucionar en medio de la crisis hídrica imperante y con los recursos existentes en plaza, determinan la necesidad de disponer de una solución definitiva, con mayor eficiencia y confianza operativa al momento de tener que disponer del bombeo de trasvase;

6)
que en función de estos inconvenientes, la Cámara de la Construcción del Uruguay presentó propuesta técnica y económica para realizar el proyecto ejecutivo de la obra de toma definitiva para el trasvase del río San José hacia la Planta de Potabilización de Aguas Corrientes, por un total de U$S 420.800,oo más IVA;

7)
que el costo cotizado por el proyecto ejecutivo es del orden del 4% de la instalación total de bombeo de trasvase del río San José, valor razonable y de estilo en este tipo de proyectos, máxime considerando la inclusión del proyecto ejecutivo en todos sus componentes: topográfica, hidráulica, estructural, de obras civiles, caminería, instrumentación, control, instalación eléctrica, iluminación y arquitectura;

8)
que en el marco del estado de emergencia hídrica decretada, este tipo de obras, servicios y compra de insumos, quedan comprendidos en ese marco, con la correspondiente exoneración del cumplimiento de lo establecido por el artículo 11° del Decreto N° 90/000 del 3/3/00;

ATENTO:
a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por los artículos 33°, literal D), numeral 10) y 15°, numeral 2) del TOCAF.

                              EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
                            DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                                     R E S U E L V E:

1) Aprobar la propuesta técnico económica que se adjunta, para realizar el proyecto ejecutivo de la obra de toma definitiva del trasvase del río San José a la Planta Potabilizadora de Aguas Corrientes, presentada por la Cámara de la Construcción del Uruguay con fecha 21/8/23, trabajo a realizar por las firmas Consultoras Seinco y CSI Ingenieros, supeditado a la actuación del Ministerio de Economía y Finanzas y del Tribunal de Cuentas;

2)
Autorizar la contratación en forma directa a estas Empresas por un monto total de U$S 420.800,oo más IVA, de acuerdo a la propuesta y cotización adjunta;

3)
Autorizar asimismo, un crédito de U$S 420.800,oo (dólares estadounidenses cuatrocientos veinte mil ochocientos) más IVA, a tales efectos;

4)
Comuníquese a las Gerencias de Obras, de Agua Potable, Técnica Metropolitana, de Gestión Ambiental y Financiero - Contable. Cumplido, pase por su orden a las Gerencias General, para agregar las cotizaciones de cada Empresa y de Suministros para el ingreso del pedido en el Sistema SAP y comunicación de la presente Resolución a las citadas Firmas;

5)
Oportunamente, remítase estas actuaciones al Ministerio de Economía y Finanzas y al Tribunal de Cuentas, a sus respectivos efectos; y

6)
Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.

POR EL DIRECTORIO:

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