| Resolución de Directorio N° 898/23 |
| Acta | 3148 del 07/26/2023 |
| Tema | DEJAR SIN EFECTO EL LLAMADO A LICITACIÓN PÚBLICA N° 20.324 – “NUEVA PLANTA DE TRATAMIENTO DE EFLUENTES PARA LA CIUDAD DE SAN CARLOS, POZO DE BOMBEO Y LÍNEA DE IMPULSIÓN”. |
| Documento | 236/2019 |
VISTO: el Llamado a Licitación Pública N° 20.324 - “Nueva Planta de Tratamiento de Efluentes para la Ciudad de San Carlos, Pozo de Bombeo y Línea de Impulsión”, aprobado por R/D UGD N° 15/19 del 15/2/19;
RESULTANDO: 1) que se realizaron las publicaciones del Llamado y 21 Comunicados en la página de la Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE), entre ellos, 3 sucesivas prórrogas;
2) que el 10/2/2020 se realizó el acto de apertura, recibiéndose 4 propuestas: Propuesta N° 1 Stiler SA, Propuesta N° 2 Ciemsa, Propuesta N° 3 Techint SACI y Propuesta N° 4 Espina Obras Hidráulicas SA;
3) que la Comisión Asesora de Adjudicación de Licitaciones de la Unidad de Gestión Desconcentrada de Maldonado analizó el proceso licitatorio desarrollado, estudió las propuestas recibidas conforme establecen los documentos licitatorios que rigen el Llamado, concluyendo que resulta oferta válida la Propuesta N° 3 y ofertas no válidas las Propuestas Nros. 1, 2 y 4;
4) que en tal sentido se propuso la adjudicación a la Propuesta N° 3, única oferta que se consideró válida;
5) que del informe de la Asesora Letrada de la Comisión, surge la omisión en la publicación del Comunicado N° 22 en el sitio web de ARCE, siendo el mismo informado directamente a los representantes de las Empresas adquirentes del Pliego, con excepción de la empresa Ciemsa, extremo que fuera considerado en dicho informe como constatación de la vulneración del Principio de Igualdad de los oferentes, consagrado en el artículo 149° del TOCAF, así como el de Publicidad que surge del artículo 151° del mismo texto normativo;
6) que en virtud de ello, la Comisión recomendó declarar nulo el presente proceso licitatorio y habilitar un nuevo Llamado a Licitación, opinión compartida por la Gerencia Jurídico Notarial;
CONSIDERANDO: 1) que se comparte lo recomendado por la Comisión Asesora de Adjudicación de Licitaciones de la Unidad de Gestión Desconcentrada de Maldonado y por la Gerencia Jurídico Notarial;
2) que asimismo se comparte con la Gerencia General que, dada la importancia y envergadura de la obra que se propone, el proyecto debería resultar de una coordinación y consenso con la Gerencia de Saneamiento procurando una razonable ecuación calidad - precio;
3) que una vez resuelto el nuevo anteproyecto y determinado su presupuesto asociado, corresponde que las Gerencias General de OSE y de UGD y la Gerencia de Saneamiento, evalúen la oportunidad de realización de un nuevo Llamado en función del Plan de Inversiones vigente y del Plan Anual de Contratación, de acuerdo a lo establecido por la Ley N° 19.889;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO; R E S U E L V E:
1) Dejar sin efecto el Llamado a Licitación Pública N° 20.324 y rechazar las ofertas presentadas;
2) Disponer que la Gerencia General de OSE, coordine las acciones expuestas en los Considerandos 2) y 3), tendientes a proponer un nuevo Llamado a Licitación con el mismo fin;
3) Comuníquese a las Gerencias General de OSE y de UGD y a la Gerencia de Saneamiento. Cumplido, pase a la Unidad de Gestión Desconcentrada de Maldonado, a sus efectos; y
4) Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.
POR EL DIRECTORIO:
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