Resolución de Directorio N° 436/21 |
Acta | 3051 del 05/19/2021 |
Tema | AUTORIZAR POR EXCEPCIÓN LA APLICACIÓN DE TARIFA ESPECIAL A LA IGLESIA EVANGÉLICA ARMENIA. |
Documento | 1125/2020 |
VISTO: la petición formulada por el Dr. Gustavo Vaneskahian, por la que solicita que se modifique la tarifa en relación a la Cuenta N° 27009549, ubicada en la calle Carlos María Ramírez N° 765;
RESULTANDO: 1) que el servicio actualmente surte a la Iglesia Evangélica Armenia y que según la petición escrita realizada por el cliente, allí se proporciona ayuda social y emocional, así como se otorga alimentos, vestimenta, etc;
2) que asimismo expresa que en virtud de la actual pandemia provocada por el COVID -19, la actividad de beneficencia ha aumentado considerablemente;
CONSIDERANDO: 1) que el artículo 19° del Reglamento de Tarifas y Facturación (RTF), y el Decreto del Poder Ejecutivo N° 369/020 de fecha 30/12/2020, regula la Tarifa Especial y habilita a que el Directorio autorice la variación de la tarifa, atendiendo a razones de interés social;
2) que habiendo analizado la solicitud realizada y en uso de las facultades otorgadas en la reglamentación vigente, se entiende pertinente otorgarle un cambio a Tarifa Especial, atendiendo la situación actual de la pandemia provocada por el Covid-19 y contemplando las actividades sociales que se desarrollan en dicho lugar y su atención a las personas que allí reciben ayuda;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por los artículos 318° de la Constitución de la República, 94° del Reglamento sobre Procedimiento Administrativo y el Procedimiento Disciplinario y 19° del Reglamento de Tarifas de Facturación.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO; R E S U E L V E:
1) Autorizar por excepción la aplicación de la Tarifa Especial, al servicio ubicado en la calle Carlos María Ramírez N° 765, de la ciudad de Montevideo, identificado con la Cuenta N° 27009549, cuyo titular es la Iglesia Evangélica Armenia;
2) Comuníquese a la Sub Gerencia General Comercial Operativa. Cumplido pase por su orden a las Gerencias de Gestión de Clientes y de Facturación y Control de Irregularidades, a sus respectivos efectos; y
3) Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.
POR EL DIRECTORIO:
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