| Resolución de Directorio N° 971/20 |
| Acta | 3022 del 09/02/2020 |
| Tema | TOMAR CONOCIMIENTO DE LAS RESULTANCIAS FINALES ACAECIDAS EN LOS AUTOS CARATULADOS “OLIVERA, VÍCTOR HUGO C/ OSE- COBRO DE PESOS”, APROBANDO EL ACUERDO TRANSACCIONAL POR UNA SUMA TOTAL Y FINAL DE $ 665.278,32. |
| Documento | 1870/2014 |
VISTO: las resultancias finales acaecidas en los autos caratulados “Olivera, Víctor Hugo c/ OSE- Cobro de pesos” IUE 330-460/17, tramitados ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia de Rivera de 4° Turno;
RESULTANDO: 1) que el Sr. Víctor Hugo Olivera, C.I. N° 2:741.805-6, promovió demanda contra la Administración por cobro de pesos derivado de diferencias salariales, reclamando la suma de $ 922.453,oo más ilíquidos;
2) que la Administración tomó conocimiento de dicho proceso a través del Oficio Judicial N° 126/18, disponiendo por R/D N° 428/18 del 3/5/18, una investigación administrativa en cuanto a que la Gerencia Jurídico Notarial no recibió la notificación judicial con el correspondiente emplazamiento de la demanda;
3) que en oportunidad de cumplir dicho Oficio, se compareció a estar a derecho, se constituyó domicilio y se contestó lo requerido por la Sede;
4) que por Sentencia Definitiva de Primera Instancia Nº 145/18 de fecha 10/9/18, se falló condenando a OSE a pagar al actor la suma de $ 352.687,38 más las diferencias por aguinaldo (y salario vacacional si correspondiere), debidamente actualizadas mes a mes, más intereses de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Ley N° 14.500;
5) que contra dicho pronunciamiento la Administración interpuso recurso de apelación, a lo que recayó la Sentencia de Segunda Instancia N° 171/19 de fecha 5/12/19, dictada por el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 3° Turno, la que confirmó parcialmente la impugnada, ordenándose liquidar el monto objeto de condena por la vía incidental del Artículo 378° del CGP;
6) que el fallo ha pasado en autoridad de cosa juzgada;
7) que la parte actora promovió incidente de liquidación de Sentencia por la suma líquida de $ 444.289,oo, debiéndose adicionar a dicha suma los correspondientes aportes por tratarse de rubros salariales, ascendiendo a la fecha a $ 783.938,oo más ilíquidos hasta el efectivo pago;
8) que a los efectos de poner fin al litigio y abonar la Sentencia de condena de suma ilíquida, las partes arribaron a un Acuerdo Transaccional sujeto a la aprobación por Directorio, por la cual la Administración abonará al reclamante, por todo concepto, la suma total, nominal y final de $ 604.570,62, a lo que procede adicionar los aportes patronales, significando una erogación para el Organismo total y final de $ 665.278,32;
CONSIDERANDO: que el presente Acuerdo Transaccional resulta favorable a los intereses de la Administración, por lo que procede aprobar el mismo;
ATENTO: a lo precedentemente indicado y a lo consignado en la Ley N° 11.907.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO; R E S U E L V E:
1) Tomar conocimiento de las resultancias finales acaecidas en los autos indicados en el Visto de la presente Resolución;
2) Aprobar el Acuerdo Transaccional indicado en el Resultando 8) de la presente Resolución y que forma parte integrante de la misma;
3) Autorizar un crédito por la suma de $ 665.278,32 (pesos uruguayos seiscientos sesenta y cinco mil doscientos setenta y ocho con treinta y dos centésimos), destinado al pago de la presente transacción;
4) Someter a la intervención preventiva del Contador Delegado del Tribunal de Cuentas, en los términos del Literal “b” del Artículo 211° de la Constitución de la República;
5) Pase a las Gerencias Financiero - Contable y Jurídico Notarial, a sus respectivos efectos; y
6) Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.
POR EL DIRECTORIO:
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