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Resolución de Directorio N° 669/20

Acta3015 del 07/15/2020
TemaPROPICIAR LA DESTITUCIÓN DEL FUNCIONARIO, SR. JOSÉ PEREYRA PLÁ, POR LA CAUSAL DE OMISIÓN.
Documento1078/2019

Resolución

VISTO: la instrucción de sumario administrativo, al funcionario, Sr. José Pereyra Plá y la investigación administrativa dispuestos por la R/D Nº 1108/19 de fecha 25/9/19, en virtud de diversas irregularidades en cuanto a su asistencia y desempeño, así como por la constatación de daños en el puerto USB del reloj de registro de asistencia de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales del Servicio Chuy;

RESULTANDO: 1) que resultó probado que el funcionario incurrió en más de diez inasistencias injustificadas durante el año 2019; que se ausentaba durante su horario de trabajo y que no cumplía en forma con las tareas propias de su cargo en cuanto al mantenimiento y limpieza de las instalaciones de la Planta;

2) que en el ámbito de la investigación administrativa, no resulta prueba fehaciente que permita individualizar al responsable de los daños causados al reloj de registro de asistencia de dicha Planta;

3) que el disciplinado reviste en calidad de presupuestado;

4) que se cumplieron las normas adjetivas aplicables al procedimiento de que se trata, otorgándose la garantía establecida en el Artículo 66° de la Constitución de la República;

5) que se recabó la opinión de la Comisión Asesora de Promociones, Faltas y Seguridad Industrial;

CONSIDERANDO: 1) que el sumariado ha incumplido reiteradamente sus deberes funcionales, en particular en lo que dice al cabal cumplimiento de su horario de trabajo y las tareas asignadas, a lo que se suma un cúmulo de inasistencias injustificadas que, al amparo de lo previsto en el Artículo 73° de la Ley N° 17.556, en la redacción dada por el Artículo 5° de la Ley N° 18.834, constituyen causal de destitución; extremos todos que motivan propiciarla;

2) que en lo que dice al objeto de la investigación administrativa, procede disponer su archivo, en tanto de la instrucción no resultó prueba fehaciente que permita imputar concreta responsabilidad;

ATENTO: a lo señalado precedentemente, a lo dispuesto en el Artículo 60° de la Constitución de la República, en la Ley N° 15.757 y en el Reglamento sobre Procedimiento Administrativo y el Procedimiento Disciplinario.

                              EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
                            DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                                     R E S U E L V E:

1) Tomar conocimiento de las resultancias del sumario e investigación administrativa, a que hace referencia el Visto de la presente Resolución;

2) Propiciar la destitución del funcionario, Sr. José Pereyra Plá, Nº 20.158, C.I. N° 5:511.948-8, por la causal de omisión;
 
3) Archivar estas actuaciones en lo que refiere a la investigación administrativa oportunamente dispuesta;

4) Remítase a la Oficina Nacional del Servicio Civil, conforme a lo resuelto en el Numeral 2); y

5) Publíquese en el Portal Intranet y en el Sitio Web de OSE.

POR EL DIRECTORIO: