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Resolución de Directorio N° 1331/19

Acta2990 del 11/20/2019
TemaDECLÁRASE SUJETA A SERVIDUMBRE DE COLECTOR DE SANEAMIENTO, LA FRACCIÓN DE TERRENO EMPADRONADA CON EL Nº 455 (P), UBICADA EN LA LOCALIDAD CATASTRAL FRAY MARCOS DEL DEPARTAMENTO DE FLORIDA, CON DESTINO AL SANEAMIENTO EN DICHA LOCALIDAD.
Documento722/2019

Resolución

---VISTO: estas actuaciones referentes a la constitución de una Servidumbre de Colector de Saneamiento, sobre una fracción de terreno empadronada con el Nº 455 (p), ubicada en la Localidad Catastral Fray Marcos del Departamento de Florida.
---CONSIDERANDO I: que el Organismo tiene necesidad de la referida Servidumbre, con destino al Saneamiento en dicha Localidad.
---CONSIDERANDO II: lo informado por la Gerencia Jurídico Notarial y a lo dispuesto por los Arts. 115° y siguientes del Decreto Ley N° 14.859 del 15/XII/78 (Código de Aguas) y a las potestades otorgadas al Directorio por el Art. 11°, Literal “h” de la Ley N° 11.907 del 19/XII/52, en la redacción dada por el Art. 66° de la Ley N° 18.046 del 24/X/06.
---ATENTO: a que corresponde aplicar en este caso la normativa mencionada.

                              EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
                            DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                                       R E S U E L V E:

---1º) DECLÁRASE sujeta a Servidumbre de Colector de Saneamiento, la fracción de terreno de que se da cuenta en el Visto de la presente Resolución, la que conforme al Plano de Mensura del Ing. Agrim. Raúl Castro, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Florida, el 26/IV/19, con el Nº 9848, está señalada como Servidumbre 2, tiene una superficie afectada de 1704 m2 09 dm2 y se deslinda de la siguiente manera: al Sur 6 m de frente a la Avenida Cyro Giambruno, al Noroeste línea quebrada compuesta de cinco tramos rectos de 46 m 28 cm, 48 m 66 cm, 31 m 13 cm, 75 m 78 cm y 88 m 07 cm lindando con resto del mismo Padrón, al Noreste 6 m de frente a la calle José Pedro Varela y al Sureste línea quebrada compuesta de cinco tramos rectos de 87 m 91 cm, 75 m 61 cm, 31 m 32 cm, 42 m 79 cm y 40 m 47 cm lindando con resto del mismo Padrón.
---2º) COMETER a la Secretaría General la redacción de un Oficio dirigido a la Dirección General de Registros, Registro de la Propiedad, Sección Inmobiliaria de Florida, en virtud de lo establecido en el Art. 85° de la Ley Nº 16.871 de fecha 28/IX/97.
---3º) REMITIR Oficio a la Administración de Ferrocarriles del Estado (A.F.E.), en su calidad de propietaria del inmueble, notificándole la presente Resolución.
---4º) CUMPLIDO, pase a la Gerencia Jurídico Notarial (División Escribanía), conjuntamente con dos originales del Oficio del que se hace mención en el Numeral 2º, a efectos de realizar la inscripción correspondiente.
---5º) PUBLÍQUESE en el Portal Intranet y en el Sitio Web de O.S.E..
---POR EL DIRECTORIO: