Resolución de Directorio N° 926/19 |
Acta | 2976 del 08/14/2019 |
Tema | AUTORIZAR POR EXCEPCIÓN, A REPARAR LA RED GENERAL INTERNA DEL COMPLEJO HABITACIONAL SARANDÍ, CONOCIDO COMO CASITAS BLANCAS, EN LOS TÉRMINOS DESCRIPTOS EN LA PRESENTE RESOLUCIÓN. REGULARIZAR LOS CONTRATOS Y ADECUAR LA TARIFA, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 22º DEL “REGLAMENTO DE TARIFAS Y FACTURACIÓN”, APROBADO POR R/D Nº 1233/12 DE FECHA 5/IX/12 Y SUS MODIFICATIVAS Y EN LA R/D N° 1573/07 DE FECHA 31/X/07. |
Documento | 909/2019 |
---VISTO: la situación generada en el Complejo Habitacional Sarandí, conocido como Casitas Blancas, ubicado en la intersección de las calles Camino Oncativo y Oficial 3 y la inquietud planteada por los residentes del mismo, a causa de la falta de abastecimiento de agua potable, producto del deterioro de la red interna. ---RESULTANDO I: que se ha constatado su condición de vulnerabilidad socio-económica, por el informe social realizado por la Jefatura de Gestión de Clientes del Área Social de la Gerencia de Operaciones Técnicas. ---RESULTANDO II: que el M.V.O.T.M.A., a través de su Oficio Nº 1036/2019 de fecha 15/VII/19, entiende oportuna la construcción de redes de agua potable que aseguren el bienestar sanitario de sus residentes. ---RESULTANDO III: que el personal de la Gerencia de Operaciones Técnicas concurrió al Complejo a realizar relevamientos operativos, sociales y comerciales, constatando que el Complejo está conformado por 265 (doscientos sesenta y cinco) viviendas, además de la inexistencia de medidores individuales y la deficiencia en el abastecimiento de cada vivienda. ---CONSIDERANDO I: que ante el alto grado de deterioro en la red interna general, que generaría los altos consumos detectados y registrados, además la condición de vulnerabilidad mencionada, por excepción, el Organismo se hará cargo de la reparación de ésta o podrá realizarla una Empresa o Cooperativa Social bajo la Supervisión de O.S.E.. ---CONSIDERANDO II: que el proyecto de adecuación de las instalaciones de las redes internas del Complejo incluyen la colocación de medidores individuales para la regularización comercial de las viviendas. ---CONSIDERANDO III: que para solucionar la situación planteada, además de la adecuación de las redes, es necesario la regularización de los Contratos y adecuación de tarifa, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 22º del “Reglamento de Tarifas y Facturación”, aprobado por R/D Nº 1233/12 de fecha 5/IX/12 y sus modificativas y en la R/D N° 1573/07 de fecha 31/X/07. ---CONSIDERANDO IV: que las pérdidas físicas que se producen en estas situaciones se traducen en desventajas materiales para el Organismo y un perjuicio para el cliente-usuario, siendo su reparación un beneficio para ambos. ---CONSIDERANDO V: que es necesario que esta población se interiorice de la responsabilidad asociada al uso y costo del recurso limitado agua, prestado por un servicio regular, lo que implica intensificar las tareas educativas e informativas vinculadas tanto al uso racional, como al cuidado de las instalaciones y al pago del servicio. ---ATENTO: a lo expuesto precedentemente.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO; R E S U E L V E:
---1º) AUTORIZAR por excepción, a reparar la red general interna del Complejo Habitacional Sarandí, conocido como Casitas Blancas, en los términos anteriormente descriptos. ---2º) REGULARIZAR los Contratos y adecuar la tarifa, de acuerdo a lo establecido en el Art. 22º del “Reglamento de Tarifas y Facturación”, aprobado por R/D Nº 1233/12 de fecha 5/IX/12 y sus modificativas y en la R/D N° 1573/07 de fecha 31/X/07. ---3º) REMITIR Oficio al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y Agencia Nacional de Vivienda, comunicándoles la presente Resolución. ---4º) CUMPLIDO, Comuníquese. Oportunamente, pase por su orden a la Gerencia General, a la Sub Gerencia General Comercial Operativa y a las Gerencias de Operaciones Técnicas, de Medición, Lectura y Servicios Nuevos y de Facturación y Control de Irregularidades, a sus respectivos efectos. ---5º) PUBLÍQUESE en el Portal Intranet y en el Sitio Web de O.S.E.. ---POR EL DIRECTORIO:
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