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Resolución de Directorio N° 895/19

Acta2975 del 08/07/2019
TemaAUTORIZAR POR EXCEPCIÓN, A REPARAR LA RED GENERAL INTERNA DEL COMPLEJO HABITACIONAL VERDISOL, EN LOS TÉRMINOS DESCRIPTOS EN LA PARTE EXPOSITIVA DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN. REGULARIZAR LOS CONTRATOS Y ADECUAR LA TARIFA, DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 22° DEL “REGLAMENTO DE TARIFAS Y FACTURACIÓN”, APROBADO POR R/D Nº 1233/12 DE FECHA 5/IX/12 Y SUS MODIFICATIVAS Y EN LA R/D N° 1573/07 DE FECHA 31/X/07.
Documento871/2019

Resolución

---VISTO: la situación generada en el Complejo Habitacional VERDISOL, ubicado en la intersección de las calles Mario Arregui y Continuación Cornelio Guerra y la inquietud planteada por residentes del mismo, a causa de la falta de abastecimiento, producto de deterioro de la red interna.
---RESULTANDO I: que se ha constatado su condición de vulnerabilidad socio-económica, avalada ésta en informe enviado por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a través de Oficio Nº 1010/19 de fecha 10/VII/19.
---RESULTANDO II: que el personal de la Gerencia de Operaciones Técnicas, concurrió al Complejo a realizar relevamientos operativo, social y comercial, constatando que el Complejo está conformado por 840 (ochocientas cuarenta) viviendas, además de la inexistencia de medidores individuales y la deficiencia en el abastecimiento de cada vivienda.
---CONSIDERANDO I: que ante el alto grado de deterioro en la red interna general, que generaría los altos consumos detectados y registrados, además la condición de vulnerabilidad mencionada, por excepción, el Organismo se hará cargo de la reparación de ésta o podrá realizarla una Empresa o Cooperativa Social bajo la Supervisión de O.S.E..
---CONSIDERANDO II: que el proyecto de adecuación de las instalaciones de las redes internas del Complejo, incluyen la colocación de medidores individuales para la regularización comercial de las viviendas.
---CONSIDERANDO III: que para solucionar la situación planteada, además de la adecuación de las redes, es necesario la regularización de los contratos y adecuación de tarifa, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 22º del “Reglamento de Tarifas y Facturación”, aprobado por R/D Nº 1233/12 de fecha 5/IX/12 y sus modificativas y en la R/D N° 1573/07 de fecha 31/X/07.
---CONSIDERANDO IV: que las pérdidas físicas que se producen en estas situaciones se traducen en desventajas materiales para el Organismo y un perjuicio para el cliente-usuario, siendo su reparación un beneficio para ambos.
---CONSIDERANDO V: que es necesario que esta población se interiorice de la responsabilidad asociada al uso y costo del recurso limitado agua, prestado por un servicio regular, lo que implica intensificar las tareas educativas e informativas vinculadas tanto al uso racional, como al cuidado de las instalaciones y al pago del servicio.
---ATENTO: a lo expuesto precedentemente.

                               EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
                             DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                                        R E S U E L V E:

---1°) AUTORIZAR por excepción, a reparar la red general interna del Complejo Habitacional VERDISOL, en los términos anteriormente descriptos.
---2°) REGULARIZAR los Contratos y adecuar la tarifa, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 22° del “Reglamento de Tarifas y Facturación”, aprobado por R/D Nº 1233/12 de fecha 5/IX/12 y sus modificativas y en la R/D N° 1573/07 de fecha 31/X/07.
---3°) REMITIR Oficio al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (M.V.O.T.M.A.) y a la Agencia Nacional de Vivienda (A.N.V.), comunicándoles la presente Resolución.
---4°) CUMPLIDO, Comuníquese y oportunamente, pase por su orden a la Gerencia General, a la Sub Gerencia General Comercial Operativa y a las Gerencias de Operaciones Técnicas, de Medición, Lectura y Servicios Nuevos y de Facturación y Control de Irregularidades, a sus respectivos efectos.
---5°) PUBLÍQUESE en el Portal Intranet y en el Sitio Web de O.S.E..
---POR EL DIRECTORIO:

Archivos Anexados (1)







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