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Resolución de Directorio N° 1806/17

Acta2904 del 12/27/2017
TemaEXONERAR EN FORMA EXCEPCIONAL A LA SRA. MARTHA CAMACHO, DE LOS COSTOS DE LOS TRÁMITES DE CONEXIÓN Y EL DE LA CONSTRUCCIÓN DE LOS METROS DE RED RESULTANTES EN LA DIFERENCIA DE LOS AUTORIZADOS A EXONERAR, CONFORME A LO DISPUESTO POR LAS R/D N°S. 968/12 Y 1573/07 Y LOS METROS A CONSTRUIR, SEGÚN LO INFORMADO POR LA JEFATURA TÉCNICA CANELONES ESTE. FACTURAR DE ACUERDO A LOS VALORES DISPUESTOS PARA LA TARIFA SOCIAL VIGENTE, SEGÚN DECRETO TARIFARIO. COMETER AL ÁREA SOCIAL, LA REALIZACIÓN DE INFORMES SEMESTRALES SOBRE LA SITUACIÓN DE LA SRA. CAMACHO.
Documento1672/2017

Resolución

---VISTO: la situación planteada por el Licenciado en Trabajo Social Damián Martínez, de la Oficina Territorial de MI.DE.S. Atlántida, en torno a la falta de agua potable en la vivienda de la Sra. Martha Camacho, la cual fue reconstruida luego de un temporal que la destruyó en el mes de diciembre de 2016, ubicada en la Ruta 70 casi Ruta 9, entre las localidades de Piedra de Afilar y Capilla de Cella, Departamento de Canelones.
---RESULTANDO I: que la Sra. Camacho presenta dificultades para movilizarse, así como poca movilidad en sus manos, lo que la hace una persona dependiente para resolver actividades cotidianas del hogar, tal como surge del informe presentado.
---RESULTANDO II: que del Informe Técnico obrante en el Expediente, surge que para proporcionar agua potable a la vivienda de la persona antes indicada, es necesario construir aproximadamente 500 metros de red.
---CONSIDERANDO I: que si bien por R/D N° 968/12 de fecha 11/VII/12, se establecen requisitos y límites en cuanto a las ampliaciones de redes de agua  potable, el Directorio se encuentra facultado  para modificar los mismos para casos puntuales, teniendo en cuenta razones excepcionales de extrema vulnerabilidad.
---CONSIDERANDO II: que en el caso de la Sra. Camacho, se encuentra plenamente probado que la misma vive en situación de extrema vulnerabilidad, debiéndose tomar en consideración en el caso las razones de interés social por sobre las económicas.
---ATENTO: a lo dispuesto en el Art. 3° de la Ley N° 11.907 de fecha 19/XII/52, Orgánica de O.S.E..

                             
                      EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
                    DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                               R E S U E L V E:

---1°) EXONERAR en forma excepcional a la Sra. Martha Camacho, C.I. N° 4:197.406-4, de los costos de los trámites de conexión y el de la construcción de los metros de red resultantes en la diferencia de los autorizados a exonerar, conforme a lo dispuesto por las R/D N°s. 968/12 de fecha 11/VII/12 y 1573/07 de fecha 31/X/07 y los metros a construir según lo informado por la Jefatura Técnica Canelones Este.
---2°) FACTURAR de acuerdo a los valores dispuestos para la Tarifa Social vigente, según Decreto Tarifario.
---3°) COMETER al Área Social, dependiente de la Gerencia de Medición y Clientes Especiales, la realización de informes semestrales sobre la situación de la Sra. Camacho.
---4°) COMUNÍQUESE a las Gerencias de la Región Centro, de Medición y Clientes Especiales y de Facturación y Cobranza. Cumplido, pase a la Sub Gerencia General Comercial Operativa, a sus efectos.
---5°) PUBLÍQUESE en el Portal Intranet y en el Sitio Web de O.S.E..
---POR EL DIRECTORIO:

Archivos Anexados (1)







GTI - Subgerencia Desarrollo y Mantenimiento de Proyectos - EQUIPO 5