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Resolución de Directorio N° 1670/17

Acta2901 del 12/06/2017
TemaAPROBAR EL CONVENIO QUE SE ADJUNTA Y ES PARTE INTEGRANTE DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, A SER OTORGADO ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE VIVIENDA Y O.S.E., DESTINADO A EFECTUAR LA INDEPENDIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE, REGULARIZANDO DE ESTA FORMA, LA SITUACIÓN DEL MENCIONADO COMPLEJO HABITACIONAL, CH 102, UBICADO EN RODRIGO TRIANA Nº 6050. COMETER A LA SUB GERENCIA GENERAL COMERCIAL OPERATIVA, LA REALIZACIÓN DE TODAS LAS ACCIONES TENDIENTES A DAR CUMPLIMIENTO A LOS COMPROMISOS ASUMIDOS POR O.S.E. EN EL CONVENIO QUE SE APRUEBA POR LA PRESENTE RESOLUCIÓN.
Documento1102/2017

Resolución

---VISTO: las gestiones realizadas por el Grupo de Trabajo designado por Memorando de la Sub Gerencia General Comercial Operativa Nº 33/15 de fecha 17/IX/15, por el cual se dispone que se trabaje sobre la deuda de los Complejos Habitacionales catalogados como vulnerables por Organismos Públicos, debiendo considerarse las especiales condiciones de los usuarios y su capacidad contributiva.
---RESULTANDO I: que el Complejo Habitacional CH 102, ubicado en Rodrigo Triana Nº 6050, es uno de los casos abordados por el Grupo de Trabajo, habiéndose constatado su condición de vulnerabilidad socio-económica por informe enviado por la Agencia Nacional de Vivienda (A.N.V.) en Oficio Nº 1085/16 de fecha 8/XI/16.
---RESULTANDO II: que dicho Complejo Habitacional cuenta con un total de 230 (doscientas treinta) unidades habitacionales.
---RESULTANDO III: que se realizaron reuniones con representantes de la A.N.V. y de esta Administración, a los efectos de evaluar tanto comercial como técnicamente el Complejo, habiéndose observado que al poseer un único punto de abastecimiento y medidor para las 230 (doscientas treinta) unidades habitacionales con tramos de red interna comunes a varias viviendas, ello genera dificultades para el cumplimiento oportuno del pago de la factura única que se emite.
---RESULTANDO IV: que en ese contexto la A.N.V. ha planteado hacerse cargo de la modificación y reparación de la red interna, a los efectos de instalar medidores individuales para cada vivienda, permitiendo de esta forma contar con lecturas de consumo independiente para cada unidad habitacional. Asimismo, se comprometió a asumir la titularidad de las unidades habitacionales vacías o con ocupantes o intrusos que no se responsabilizan, siempre que se trate de unidades habitacionales administradas por la A.N.V. y no transferidas a un titular individual.
---CONSIDERANDO l: que O.S.E. viene desarrollando acciones alineadas a las políticas sociales a nivel gubernamental de regularización e inclusión de la población vulnerable, para lo cual ha implementado el Plan 47, para la “Reducción de la morosidad en los complejos habitacionales de contexto crítico”, así como viene trabajando en propiciar la conducta de pago, fortalecer la necesidad del cuidado del agua potable y dar a conocer los derechos y obligaciones adquiridos con el servicio que se presta. Asimismo, en ese contexto de trabajo ha dictado la R/D Nº 1650/13 de fecha 27/XII/13, que prevé un procedimiento de trabajo para regularizar la morosidad.
---CONSIDERANDO II: que existen Complejos Habitacionales como el CH 102, que poseen especiales condiciones técnicas y económicas, que hacen necesaria la articulación de medidas especiales y de una gestión mancomunada con otros Organismos Públicos, como en este caso la A.N.V., puesto que requieren apoyo para concretar acciones técnicas que luego se reflejarán en los aspectos comerciales y de facturación.
---CONSIDERANDO III: que del análisis realizado, se desprende la pertinencia de suscribir con la A.N.V., el Convenio que se anexa a la presente Resolución, el que permitirá llevar a cabo las acciones tendientes a efectuar la independización de los servicios de agua potable, regularizando la situación del mencionado Complejo Habitacional.
---ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el Artículo 22º del “Reglamento de Tarifas y Facturación”, aprobado por R/D Nº 1233/12 de fecha 5/IX/12 y modificado por R/D N° 1087/15 de fecha 1º/X/15 y a lo dispuesto por el Decreto-Ley Nº 14.950 de fecha 9/XI/79.

                             
                    EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN

                   DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                                R E S U E L V E:

---1°) APROBAR el Convenio que se adjunta y es parte integrante de la presente Resolución, a ser otorgado entre la Agencia Nacional de Vivienda y O.S.E..
---2°) COMETER a la Sub Gerencia General Comercial Operativa, la realización de todas las acciones tendientes a dar cumplimiento a los compromisos asumidos por O.S.E. en el Convenio que se aprueba por la presente Resolución.
---3°) REMITIR Oficio a la Agencia Nacional de Vivienda, comunicándole la presente Resolución.
---4°) CUMPLIDO, comuníquese a las Gerencias de Facturación y Cobranza, de Medición y Clientes Especiales, de Operaciones Técnicas y de Gestión de Clientes. Oportunamente, pase por su orden a la Gerencia General y a la Sub Gerencia General Comercial Operativa, a sus respectivos efectos.
---5°) PUBLÍQUESE en el Portal de Intranet y el Sitio Web de O.S.E..
---POR EL DIRECTORIO:

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