Resolución de Directorio N° 1845/16 |
Acta | 2857 del 12/28/2016 |
Tema | TOMAR CONOCIMIENTO DE LAS RESOLUCIONES A LAS QUE SE HACE MENCIÓN EN EL VISTO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, DE FECHA 16/XI/16, POR LAS QUE LA OFICINA NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL DISPUSO EL PASE ANTICIPADO A ESTE ORGANISMO DE LOS FUNCIONARIOS, A REDISTRIBUIR, DE LA ADMINISTRACIÓN DE FERROCARRILES DEL ESTADO, QUE SE MENCIONAN EN EL NUMERAL 1º DE LA PRESENTE, AL AMPARO DE LO PRECEPTUADO EN EL ART. 28° DE LA LEY N° 18.719 DEL 27/XII/10, ASÍ COMO EL PROCEDIMIENTO -QUE SE DA CUENTA EN EL RESULTANDO DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN- A SEGUIR POR EL ORGANISMO DE ORIGEN, ASÍ COMO POR EL DE DESTINO, CON ARREGLO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTS. 27° Y 28° DE DICHA LEY. ESTABLECER QUE LAS CITADAS PERSONAS PASARÁN A DESEMPEÑAR TAREAS EN LAS LOCALIDADES EN LAS QUE SE ACEPTARA LA OFERTA DE SERVICIOS DE CADA UNA DE ELLAS, CON ARREGLO A LO INDICADO EN LA R/D Nº 1440/16 DEL 19/X/16, EN FORMA ANTICIPADA A SU INCORPORACIÓN DEFINITIVA A LOS CUADROS FUNCIONALES DE ESTE ORGANISMO. |
Documento | 1346/2016 |
---VISTO: las Resoluciones N°s. 000191/2016, 000192/2016 y 000193/2016 de fecha 16/XI/16, a través de las cuales la Oficina Nacional del Servicio Civil -al amparo de lo preceptuado por el Art. 28° de la Ley N° 18.719 del 27/XII/10- dispone el pase anticipado a este Organismo de los funcionarios, a redistribuir, de la Administración de Ferrocarriles del Estado, Sres. Edilio Ismael Duarte Bueno, Fernando Alcibiades Rivero Cardozo, Luis Alberto Volpi Villaruel, Rogelio Justo Castro Gallo, Julio César García Franco, Esteban Jacinto Posse Rocha, así como Sres. Matías Priore Moreles, Fernando Fabián Dos Santos Umpiérrez, Horacio Fabián Acosta Alvarez, Fernando Leonardo Rubiles Pajares, Rafael Rodrigo Torres Tabarez, Oscar Dirley Viera Martínez y Sergio Waldemar Martínes Scagni y asimismo Sres. Carlos Fabián Dos Santos Martínez, Julio Alfredo Rodríguez Dene, Diego Andrés Méndez Alvarez, Jonathan Andrés Rodríguez Techera, José Pedro Seballos Silveira, José María Chabat Silva, Edison Augusto González Silvera y Angel Martín Nova Bentancur, respectivamente. ---RESULTANDO: que en las citadas Resoluciones se establece asimismo que el Organismo de origen de las mencionadas personas deberá proceder a notificarlas en los domicilios constituidos ante la referida Administración, en forma fehaciente y dentro de un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la recepción de dichas Resoluciones, a fin que éstas se presenten en el Organismo de destino -dentro de los 10 días hábiles siguientes al de la notificación- a los efectos de pasar a cumplir funciones anticipadas en el mismo; así como que el incumplimiento injustificado de tal obligación se entenderá como renuncia tácita al cargo o función y que para el caso de negativa de los funcionarios, a redistribuir de A.F.E. de que se trata, a notificarse o a presentarse en O.S.E., dicho extremo se comunicará a la aludida Oficina Nacional y asimismo que esta Administración deberá disponer las medidas conducentes a materializar el pase a prestar funciones anticipadas en el Organismo, así como poner en conocimiento a la multicitada Oficina Nacional, la fecha del efectivo inicio de tareas o la configuración de la renuncia tácita, en su caso, de los ciudadanos de referencia. ---CONSIDERANDO: que por R/D Nº 1440/16 del 19/X/16, se tomó conocimiento de las comunicaciones efectuadas por la Oficina Nacional del Servicio Civil -fechadas el 30/V/16 y el 2/VIII/16- a que se hace referencia en la parte expositiva de dicha Resolución y mediante las cuales se da cuenta de las Ofertas del Personal perteneciente al Inciso 62 - Administración de Ferrocarriles del Estado (A.F.E.), declarados excedentes al amparo de la Ley Nº 19.290 del 17/X/14, que sustituye el Art. 202º de la Ley Nº 19.149 de fecha 24/X/13, e incluidos en la nómina de personal a redistribuir que lleva adelante dicha Oficina Nacional, procede -en esta instancia- tomar conocimiento de las aludidas Resoluciones N°s. 000191/2016, 000192/2016 y 000193/2016 de fecha 16/XI/16, por las que se dispone el pase anticipado a este Organismo de los funcionarios, a redistribuir, de la Administración de Ferrocarriles del Estado que se dan cuenta en el Visto de la presente Resolución y adoptar las medidas conducentes a materializarlo. ---ATENTO: a lo expuesto precedentemente.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO; R E S U E L V E:
---1°) TOMAR CONOCIMIENTO de las Resoluciones N°s. 000191/2016, 000192/2016 y 000193/2016 de fecha 16/XI/16 por las que la Oficina Nacional del Servicio Civil dispuso el pase anticipado a este Organismo de los funcionarios, a redistribuir, de la Administración de Ferrocarriles del Estado, Sres. Edilio Ismael Duarte Bueno, C.I. N° 3:389.656-5, Fernando Alcibiades Rivero Cardozo, C.I. N° 3:564.600-7, Luis Alberto Volpi Villaruel, C.I. N° 2:540.763-7, Rogelio Justo Castro Gallo, C.I. N° 3:357.940-2, Julio César García Franco, C.I. N° 3:467.272-0 y Esteban Jacinto Posse Rocha, C.I. N° 3:156.616-0, así como Sres. Matías Priore Moreles, C.I. N° 3:490.387-6, Fernando Fabián Dos Santos Umpiérrez, C.I. N° 2:999.542-0, Horacio Fabián Acosta Alvarez, C.I. N° 4:286.214-7, Fernando Leonardo Rubiles Pajares, C.I. N° 4:292.158-5, Rafael Rodrigo Torres Tabarez, C.I. N° 4:288.737-5, Oscar Dirley Viera Martínez, C.I. N° 3:767.132-1 y Sergio Waldemar Martínes Scagni, C.I. N° 3:615.959-2 y asimismo Sres. Carlos Fabián Dos Santos Martínez, C.I. N° 4:269.085-9, Julio Alfredo Rodríguez Dene, C.I. N° 3:418·685-4, Diego Andrés Méndez Alvarez, C.I. N° 4:377.171-9, Jonathan Andrés Rodríguez Techera, C.I. N° 3:776.734-6, José Pedro Seballos Silveira, C.I. N° 2:921.111-9, José María Chabat Silva, C.I. N° 5:124.315-6, Edison Augusto González Silvera, C.I. N° 4:436.240-6 y Angel Martín Nova Bentancur, C.I. N° 4:704.868-6, respectivamente, al amparo de lo preceptuado en el Art. 28° de la Ley N° 18.719 del 27/XII/10, así como el procedimiento -que se da cuenta en el Resultando de la presente Resolución- a seguir por el Organismo de origen así como por el de destino, con arreglo a lo establecido en los Arts. 27° y 28° de dicha Ley. ---2°) ESTABLECER que las citadas personas pasarán a desempeñar tareas en las localidades en las que se aceptara la oferta de servicios de cada una de ellas, con arreglo a lo indicado en la R/D Nº 1440/16 del 19/X/16, en forma anticipada a su incorporación definitiva a los cuadros funcionales de este Organismo. ---3°) DISPONER que por parte de la División Gestión Administrativa del Capital Humano se deberá dar estricto cumplimiento a lo preceptuado en el aludido Art. 27° de la mencionada Ley, cometiéndose a la misma la comunicación pertinente a la Oficina Nacional del Servicio Civil, a los efectos establecidos en su Art. 28° in fine. ---4°) REMITIR Oficio a la citada Oficina Nacional y a la Administración de Ferrocarriles del Estado, comunicándoles la Resolución adoptada. ---5°) COMUNÍQUESE a las Gerencias de las Regiones Noreste, Sureste, Litoral Norte y Centro y Técnica Metropolitana. Cumplido, pase a la Gerencia de Gestión del Capital Humano. ---6°) PUBLÍQUESE en el Portal Intranet y en el Sitio Web de O.S.E.. ---POR EL DIRECTORIO:
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