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Resolución de Directorio N° 1091/14

Acta2749 del 09/17/2014
TemaNO HACER LUGAR A LA PETICIÓN FORMULADA POR EL FUNCIONARIO SR. JORGE DANIEL HEREDIA TELLECHEA, DE QUE SE LE ABONE LA PARTIDA ÚNICA DEL SISTEMA DE RETRIBUCIÓN VARIABLE, CUYO PAGO SE APROBÓ POR R/D Nº 445/14 Y SE HIZO EFECTIVA EN EL MES DE DICIEMBRE DE 2013.
Documento1397/2014

Resolución

---VISTO: la petición formulada por el funcionario Sr. Jorge Daniel Heredia Tellechea, a efectos de que se le abone la partida única del Sistema de Retribución Variable, que se pagó en el Organismo en el mes de  diciembre de 2013.
---RESULTANDO I: que por R/D Nº 445/14 de fecha 30/IV/14, se aprobó el pago de dicha partida y los criterios para su percepción.
---RESULTANDO II: que por R/D Nº 1644/13 de fecha 20/XII/13, se tomó conocimiento de las resultancias del sumario e investigación administrativa dispuesta por R/D Nº 377/12 de fecha 14/III/12 y en virtud de ello se sancionó al peticionante con 45 días de suspensión.
---CONSIDERANDO I: que la División Asesoría Letrada, en opinión compartida por la Gerencia Jurídico Notarial, informa que en el caso resulta de aplicación el criterio estatuido en el Literal "b" del Considerando I de la citada R/D Nº 445/14, donde se establece para quienes se encuentren sujetos a un proceso disciplinario en trámite, el pago de la partida quedará condicionado a las resultancias de los mismos, mientras que aquellos funcionarios que hayan sido sancionados con suspensión durante el año 2013, no percibirán tal partida.
---CONSIDERANDO II: que habiéndosele conferido vista, la misma no fue evacuada.
---ATENTO: a lo precedentemente indicado, al Artículo 318º de la Constitución de la República y a los Artículos 115º y 116º del Reglamento sobre Procedimiento Administrativo y el Procedimiento Disciplinario.

                             EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION
                            DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                                 R E S U E L V E:

---1º) NO HACER LUGAR a la petición formulada por el funcionario Sr. Jorge Daniel Heredia Tellechea, Nº 21.967, C.I. Nº 3:415.344-9, de la cual se da cuenta en el Visto de la presente Resolución.
---2º) COMUNÍQUESE a la Gerencia de la Región Sureste. Cumplido, pase a la División Gestión Documental (Oficina de Notificaciones), a efectos de notificar al peticionante y oportunamente, archívese.
---3º) PUBLÍQUESE en el Portal Intranet y en el Sitio Web de O.S.E..
---POR EL DIECTORIO:

Archivos Anexados (1)







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