Resolución de Directorio N° 795/14 |
Acta | 2740 del 07/16/2014 |
Tema | DESÍGNASE PARA SER EXPROPIADA POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA, DECLARÁNDOSE URGENTE SU OCUPACIÓN, LA FRACCIÓN DE TERRENO EMPADRONADA CON EL Nº 1683 (P), UBICADA EN LA LOCALIDAD CATASTRAL PANDO, DEL DEPARTAMENTO DE CANELONES, CON DESTINO A ESTACIÓN DE BOMBEO, SANEAMIENTO - PANDO. |
Documento | 825/2014 |
---VISTO: estas actuaciones que se refieren a la Expropiación de una fracción de terreno Padrón N° 1683 (p), ubicada en la Localidad Catastral Pando del Departamento de Canelones. ---CONSIDERANDO I: que el Organismo tiene urgencia de ocupación del bien, con destino a Estación de Bombeo, Saneamiento - Pando. ---CONSIDERANDO II: que la mencionada propiedad está comprendida entre las declaradas de utilidad pública por la Ley N° 11.907 del 19/XII/52 y por tanto dentro del Artículo 4° de la Ley N° 3958 del 28/III/912 y Decreto Ley N° 10.247 del 15/II/42 ampliatorio del Artículo 42° de esta última. ---CONSIDERANDO III: que el Art°. 66° de la Ley N° 18.046 de fecha 24/X/06, incorporó un nuevo Literal al Art°. 11° de la Ley N° 11.907 del 19/XII/52, (Orgánica de O.S.E.), por el que se otorgó al Directorio de O.S.E. las facultades de disponer las Expropiaciones e imponer Servidumbres sobre bienes necesarios para el cumplimiento de los cometidos del Organismo. ---ATENTO: a que corresponde aplicar en este caso la Norma mencionada.
EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACION DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO; R E S U E L V E:
---1º) DESÍGNASE para ser expropiada por causa de utilidad pública, declarándose urgente su ocupación, la fracción de terreno que se da cuenta en el Visto de la presente Resolución y que conforme al Plano de Mensura del Ing. Agrim. Jorge Faure, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro (Oficina Delegada de Pando), el 29/V/14, con el N° 843, tiene una superficie de 678 m2 35 dm2 y se deslinda de la siguiente manera: al Sureste, 24 m 27 con frente a Calle Pública; al Suroeste, 22 m 28 con frente a Calle Pública formando con la anterior una ochava recta de 1 m 97; al Noroeste, 25 m y al Noreste 32 m 65 lindando por ambos lados con el Padrón Nº 1683 (resto). ---2º) DISPONER que Secretaría General confeccione Oficio para la Dirección General de Registros, Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Pando, agregándose copia de la presente Resolución. ---3º) CUMPLIDO, pase por su orden a las Gerencias de Obras (División Agrimensura), a efectos de agregar la tasación y Jurídico Notarial (División Escribanía), conjuntamente con dos originales del Oficio del que se hace mención en el Numeral anterior, a efectos de realizar la inscripción correspondiente en virtud de lo establecido en el Artº. 85º de la Ley Nº 16.871 de fecha 28/IX/97. ---4º) PUBLÍQUESE en el Portal Intranet y en el Sitio Web de O.S.E.. ---POR EL DIRECTORIO:
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