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Resolución de Directorio N° 1022/17

Acta2885 del 08/16/2017
TemaDECLÁRASE SUJETA A SERVIDUMBRE DE COLECTOR DE SANEAMIENTO, LA FRACCIÓN DE TERRENO EMPADRONADA CON EL Nº 10.772 (P), SEÑALADA COMO FRACCIÓN A, UBICADA EN LA 10ª SECCIÓN CATASTRAL DEL DEPARTAMENTO DE TACUAREMBÓ, ZONA RURAL, CON DESTINO AL PROYECTO DE AGUA POTABLE PARA UN NÚCLEO DE VIVIENDAS M.E.V.I.R. EN LA LOCALIDAD DE PERALTA, DEPARTAMENTO DE TACUAREMBÓ.
Documento659/2017

Resolución

---VISTO: estas actuaciones referentes a la constitución de una Servidumbre de Paso y Acueducto sobre una fracción de terreno, empadronada con el Nº 10.772 (p), señalada como Fracción A, ubicada en la 10ª Sección Catastral del Departamento de Tacuarembó, Zona Rural.
---CONSIDERANDO: que el Organismo tiene necesidad de la referida Servidumbre, con destino al proyecto de agua potable para un núcleo de viviendas M.E.V.I.R. en la Localidad de Peralta, Departamento de Tacuarembó.
---ATENTO: a lo informado por la Gerencia Jurídico Notarial y a lo dispuesto por los Arts. 115° y siguientes del Decreto Ley N° 14.859 del 15/XII/78 (Código de Aguas) y a las potestades otorgadas al Directorio por el Art. 11°, Literal “h” de la Ley N° 11.907 del 19/XII/52, en la redacción dada por el Art. 66° de la Ley N° 18.046 del 24/X/06.

                             
                      EL DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN
                   DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO;
                                                R E S U E L V E:

---1º) DECLÁRASE sujeta a Servidumbre de Colector de Saneamiento, la fracción de terreno de que se da cuenta en el Visto de la presente Resolución, la que conforme al Plano de Mensura del Ing. Agrim. Andrés Esteves Peña, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Tacuarembó, el 5/V/17, con el Nº 12.238, tiene una superficie afectada de 1.968 m2 77 dm2 y se deslinda de la siguiente manera: al Noreste, 10 m 40 cm, lindando parte con frente a la Calle Nº 7 y parte con el Padrón Nº 84; al Sureste, 195 m 50 cm; al Suroeste 10 m y al Noroeste, 198 m 30 cm lindando por los tres lados con resto del mismo Padrón.
---2º) COMETER a la Secretaría General la redacción de un Oficio dirigido a la Dirección General de Registros, Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de Tacuarembó, en virtud de lo establecido en el Art. 85° de la Ley Nº 16.871 de fecha 28/IX/97.
---3º) CUMPLIDO, pase a la Gerencia Jurídico Notarial (División Escribanía), conjuntamente con dos originales del Oficio del que se hace mención en Numeral anterior, a efectos de realizar la inscripción correspondiente.
---4º) PUBLÍQUESE en el Portal Intranet y en el Sitio Web de O.S.E..
---POR EL DIRECTORIO:

Archivos Anexados (1)







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